Columnas

¿Quién puede realizar ceremonias?

Expide actas únicamente el Estado Mexicano

Por Enriqueta Vargas

Se ha criticado que el templo de la Santa Muerte de Tultitlan ha realizado bautizos y matrimonios entre los devotos creyentes del culto, se dijo esto con el argumento de que solo los sacerdotes están autorizados para celebrar estos actos.

En principio debo decir que la única institución que reconoce el estado mexicano para inscribir, registrar, autorizar y certificar los actos y hechos relativos al estado civil de las personas, es el registro civil, el cual esta investido para expedir las actas entre otras, las actas de matrimonio.

Esto significa que las actas materiales que prueban el estado civil de las personas son de incumbencia exclusiva del estado mexicano.

Y respecto a que para efectuar bautismos y matrimonios religiosos, esa facultad es exclusiva de los sacerdotes, esto no se de donde lo sacaron, pues los sacerdotes forman parte de la religión católica, que se rige por el derecho canónico y demás disposiciones inherentes a su culto. Además su jerarquía de mando es aplicable solo a los integrantes de su grey y nada tiene que ver con la estructura y organización de otros grupos religiosos.

En otras palabras, carecen de autoridad para decidir si otros cultos y religiones están impedidos para realizar matrimonios y bautizos. Aceptar esto seria tanto como permitir que se prohibieran los bautizos y matrimonios, a las muchas religiones no católicas, que los realizan a cabo desde hace muchos años.

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