El vehículo que se transportaban tenía números de placas MRZ-83-96 al parecer un renol (sic) compacto
A este medio de comunicación acudió el ciudadano Miguel Alarcón González, para denunciar la violación a sus derechos y propiedad privada, por parte de supuestos trabajadores de la Comisión Federal de Electricidad (CFE) que se presentaron en su domicilio, sin ninguna orden impresa, agrediendo a un menor de edad que «osó» filmarlos y acusando a la esposa y al afectado, de «robarse la energía».
A continuación el texto íntegro, enviado por el señor Miguel Alarcón González:
Por medio de la presente denuncio que dos personas llegaron a mi domicilio, supuestamente de la Comisión Federal de Electricidad (CFE), a revisar el medidor de la toma de energía sin mi consentimiento y en mi ausencia, aprovechando que mi esposa y mi hijo menor de edad de 14 años estaban solos, por lo cual mi esposa se comunicó con quien esto escribe para informarme que cuando se dio cuenta estos dos supuestos trabajadores de la CFE, estaban revisando el medidor de energía.
Su servidor estaba escasamente a cinco minutos de llegar a mi domicilio, por lo que le dije a mi familiar que si había algún problema les comunicara a los trabajadores de la CFE que me esperaran.
A mi llegada uno de ellos estaba en una camioneta pequeña, un hombre demasiado pasado de peso, de tez morena, y quien descendió del vehículo cuando mi hijo y mi esposa les dijeron que yo ya había llegado.
Cuando me abordó lo hizo de manera muy hostil y acusándome que nos estábamos robando la luz y mientras su compañero de baja estatura, cabello chino y tez apiñonada, se acerco también, ambos me dijeron:
Trabajador: “Vengo atender una queja de no luz”.
Miguel: “De quién, de quién”.
T: “Del servicio que está aquí adentro. Una queja de no luz”.
M: “De quién, de quien”.
T: “Una queja de no luz a nombre de….”
M: “Haber enséñeme la orden”.
T: “Permítame… orden impresa no la traigo, la traigo en la computadora: Alarcón González Román, aquí estamos detectando que la línea entró a su casa. Aquí estamos detectando que la línea entró a su casa y está directa. Ya bajamos el medidor….”
Trabajador 2: “Es un predio ……”.
T: “No traigo una orden a la mano….”
M: “Entró a un domicilio privado”.
T: “Me permitieron al acceso”.
M: “no… entraron a mi área…”.
T2: “Le permitieron el acceso”.
M: área, no… entraron a mi área..”.
T2: “Le permitieron el acceso…”.
M: “Entraron a mi área”.
T2: “Yo traigo…”.
M: “No tienes permiso de…”.
Juliana: “Cómo, cómo de no luz si….”.
T2: “No hay luz en los medidores…”.
M: “Para empezar la orden por escrito…. Tráigamela….”
J: “Este… de no luz….”.
T2: “No hay luz en unos medidores… Ustedes comparten a cometida….”.
Primero: De lo que se dijo en esta conversación, para empezar señalaron que la queja es de mi hermano Román Alarcón González, quien supuestamente no tiene el servicio de luz, y que al mismo tiempo lo comparte con uno de los inquilinos, por lo tanto no tenían que estar metiéndose con mi servicio.
Segundo: Quien esto escribe no comparte el servicio con nadie.
Tercero: En mi domicilio no tenemos ni tuvimos problemas de falta de energía.
Cuarto: Uno de los trabajadores dijo que no hay luz en los medidores, lo cual es mentira, debido a que se ha pagado puntualmente el recibo conforme al consumo.
Quinto: La razón por lo que les solicité la orden por escrito, es porque además de entrar a mi domicilio sin permiso de mi esposa y mucho menos de quien esto escribe, amenazaron a mi hijo de que lo iban a dar en la madre dentro de mi propio domicilio cuando revisaron el medidor de la luz, que está al interior del mismo y que mi hijo empezó a filmarlos con su celular.
Al mismo tiempo y por cómo se comportaron con mi hijo y esposa, estaban en contubernio para amedrentar a mi familia, ya que con mis hermanos he tenido problemas por cuestiones de la herencia.
Ya que ellos asumían que tenían todo el derecho meterse a mi domicilio, por lo cual les pedí la orden con la que afirmaban podían hacerlo y que resultó que los medidores que tenían que revisar eran los medidores de mi hermano.
Además el vehículo que se transportaban tenía números de placas MRZ-83-96, al parecer un renol (sic) compacto.
Además de que nunca se identificaron como trabajadores de la CFE, y se retiraron tratando de amedrentarme lo cual no lograron, ya que su actuar era más de unos delincuentes por lo cual mi hijo cuando los vio, no le inspiraron confianza por lo cual decidió filmarlos.
Por su parte mi esposa me señaló que nos acusaban de robarle la luz a mi hermano Román Alarcón González, por lo cual nos iban a multar, momentos en que ambos supuestos trabajadores no les gustó que mi hijo los filmara y lo amenazaron.
También le solicitaron a mi esposa que les enseñara el recibo de la luz, lo cual lo hizo mi esposa, con lo que les demostró que estamos al corriente de los pago y que es una toma independiente.
Le aseguraron que ya traían una orden que jamás mostraron y que en el audio de evidencia que nada de ellos estaba siendo legal.
Es por ello que solicito de su apoyo para denunciar el abuso de estos supuestos trabajadores de la CFE, que jamás se identificaron y allanaron mi domicilio con engaños, tratado a mi familia como rateros.
Mientras que los medidores que debieron revisar no lo hicieron, y solo les dijeron que todo estaba bien a Román Alarcón González y que luego se ponían de acuerdo.
En virtud de lo acontecido con estos supuestos trabajadores de la CFE, si es que lo son, violaron todos mis derechos contenidos en el artículo 16 de la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos:
Artículo 16. Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento. En los juicios y procedimientos seguidos en forma de juicio en los que se establezca como regla la oralidad, bastará con que quede constancia de ellos en cualquier medio que dé certeza de su contenido y del cumplimiento de lo previsto en este párrafo.
En toda orden de cateo, que sólo la autoridad judicial podrá expedir, a solicitud del Ministerio Público, se expresará el lugar que ha de inspeccionarse, la persona o personas que hayan de aprehenderse y los objetos que se buscan, a lo que únicamente debe limitarse la diligencia, levantándose al concluirla, un acta circunstanciada, en presencia de dos testigos propuestos por el ocupante del lugar cateado o en su ausencia o negativa, por la autoridad que practique la diligencia.
Atentamente: Miguel Alarcón González
044-55-73-92-74-42
53-84-84-53
Foto: Del afectado