DE REPORTEROS

SCJN deja en libertad a exlíderes de la Sección 22 de la CNTE-Oaxaca

El largo brazo del influyentismo, que no de la ley, anda por todo el país favoreciendo a delincuentes detenidos en la pasada administración, para abrirles las rejas y que puedan gozar de la libertad y seguir, unos cometiendo delitos, otros burlándose de los mexicanos y pegados a la ubre con total impunidad.

Así, primero fueron tres funcionarios de la administración de Javier Duarte, exgobernador de Veracruz, acusados de diversos delitos, a quienes Jueces otorgaron la libertad y ya andan tan frescos. El argumento de los jueces de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) es que las averiguaciones estuvieron mal integradas, no que los inculpados sean inocentes de los delitos.

Ahora ese influyentismo favoreció a los ex líderes de la Sección 22 de la Coordinadora Nacional de Trabajadores de la Educación (CNTE) en Oaxaca, Aciel Sibaja Mendoza y Rubén Núñez Ginez, quienes fueron beneficiados con la resolución de amparo emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación que los absuelve de la acusación de lavado de dinero que les imputara la Procuraduría General de la República (PGR) en 2016.

Quienes ocuparon la dirigencia de la gremial y la tesorería fueron acusados por la PGR de realizar operaciones con recursos de procedencia ilícita, es decir adquirir, administrar y transferir recursos dentro del territorio nacional con conocimiento de que proceden de una actividad ilícita, como defraudación fiscal y ejercicio abusivo de funciones.

La dependencia al generar su carpeta de investigación acusó a Nuñez Gines y Sibaja Mendoza de utilizar una empresa privada para realizar depósitos de dudosa procedencia entre enero de 2008 y junio de 2015 por un monto de diez millones 41 mil 306 pesos.

Hoy a 6 días de haber tomado protesta como presidente de la república, Andrés Manuel López Obrador, la primera sala concedió la protección a Aciel Sibaja Mendoza, por lo que ordenó al Primer Tribunal Unitario en Materia Penal del Primer Circuito deje insubsistente el auto de formal prisión que se le dictó y emita otra resolución, cabe mencionar que este amparo también beneficia a Rubén Núñez Ginez.

Por lo que el tribunal debe dictar otro auto en el que decrete la libertad absoluta del quejoso en el amparo, ya que la SCJN dijo que los hechos que motivaron la averiguación no son constitutivos de delito, además de que la averiguación estuvo mal integrada, actualmente ambos llevan su proceso en libertad tras pagar fianza.

En las fotos: Rubén Núñez y Aciel Sibaja Mendoza

Fotos: Especial

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