Preocupados por los efectos del cambio climático, los eurodiputados del Parlamento Europeo (PE) impulsan la propuesta legislativa sobre inversiones sostenibles, que establece seis objetivos medioambientales y permite que una actividad económica sea considerada sostenible si contribuye al menos a uno de ellos, sin perjudicar de manera significativa a ninguno de los otros.
Estos objetivos son:
-La mitigación del cambio climático
-La adaptación al cambio climático
-El uso sostenible y la protección de los recursos hídricos y marinos
-La transición hacia una economía circular
-La prevención y control de la contaminación, y
-La protección y restauración de la biodiversidad y los ecosistemas
Impulso de la inversión verde
El establecimiento de criterios claros sobre inversiones verdes es fundamental para atraer más dinero público y privado para que la Unión Europea pueda avanzar hacia el objetivo de la neutralidad en sus emisiones en 2050, tal y como plantea el Pacto Verde, pero también para evitar el “ecoblanqueo” (cuando se clasifica como ecológico o sostenible algo que no lo es).
La Comisión calcula que Europa necesita alrededor de 260 mil millones de euros anuales en inversión adicional para alcanzar sus objetivos climáticos y energéticos de 2030. En una resolución aprobada el 15 de mayo de 2020, los eurodiputados pidieron que las inversiones dentro del plan de recuperación tras la pandemia de Covid-19 den prioridad al capítulo verde.
“La clasificación de las inversiones en función de la sostenibilidad medioambiental es un avance fundamental, además de un punto de inflexión en la lucha contra el cambio climático”, señaló Sirpa Pietikainen (PPE, Finlandia), responsable de la tramitación del texto en la comisión de Medio Ambiente.
“Todos los productos financieros definidos como sostenibles tendrán que demostrarlo en base a criterios estrictos y ambiciosos”, agregó Bas Eickhout (Verdes/EFA, Países Bajos) poniente de la comisión de Asuntos Económicos.
Actividades de transición y habilitación
Las actividades que son incompatibles con la neutralidad climática pero que resultan necesarias en la transición hacia una economía de “emisiones cero” serán clasificadas como “actividades de transición o habilitadoras”. Sus emisiones de gases de efecto invernadero tendrán que estar a nivel de los mejores resultados en su sector.
Los combustibles fósiles sólidos, como el carbón o el lignito, están excluidos, pero el gas y la energía nuclear podrían ser etiquetados como una actividad habilitadora o de transición en línea con el principio de “no hacer un daño significativo”.
Pasos a seguir La normatividad entró en vigor después de su publicación en el Diario Oficial. La Comisión actualizará periódicamente los criterios técnicos de selección para las “actividades de transición y habilitación”. Antes del 31 de diciembre de 2021 deberá revisarlos.
Foto: Archivo (Ilustrativa)