DE REPORTEROS

Más dudas que certezas en la falta de información sobre el avión de “El Mayo”

Pablo Chávez Meza / A21

HAY PROTOCOLOS PARA DEJAR SALIR DE UN AERÓDROMO CIVIL O PERMITIR VOLAR A UNA AERONAVE Y MÉXICO TIENE UNA LEY DE PROTECCIÓN DEL ESPACIO AÉREO

A pesar de que México cuenta con la Ley de Protección del Espacio Aéreo Mexicano, es un poco extraño cómo fue posible que llegara a Estados Unidos el avión que trasladaba a los narcotraficantes “El Mayo” Zambada y Joaquín Guzmán López, sin que el Gobierno mexicano lo supiera.

De acuerdo con un análisis elaborado por Pablo CasasLías, director del Instituto Nacional de Investigaciones Jurídico-Aeronáuticas (INIJA), si -como dicen los canales oficiales de los dos gobiernos- a México y Estados Unidos los tomó por sorpresa el vuelo del Beechcraft King Air, donde fueron transportadas estas personas, es una realidad que después los sucesos del 11 de septiembre de 2001, Estados Unidos podría haber derribado a una aeronave no identificada.

Sin embargo, según el especialista, lo que se evidenció fue que los aeropuertos y aeródromos mexicanos “son inseguros y no cumplen con los estándares exigidos por la OACI.

“Ni se monitorea debidamente el espacio aéreo mexicano, al grado de existir la posibilidad que, desde los mismos, se perpetren actos terroristas hacía otras naciones”, explicó, a pesar de que México publicó, en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el primero de marzo de 2023, la “Ley de Protección del Espacio Aéreo Mexicano”, promovida por legisladores de Morena.

La publicación de esta Ley se dio bajo el argumento de combatir el tráfico de drogas vía aérea, la delincuencia organizada, además de todas las anomalías en las que incurren las tripulaciones aéreas dedicadas a actividades ilícitas.

La realidad, dijo el abogado, es que sólo se militarizó el uso y administración del espacio aéreo mexicano. Antes de la citada Ley ya había monitoreo del espacio aéreo, entre otras instituciones, como Servicios a la Navegación en el Espacio Aéreo Mexicano (SENEAM), Fuerza Aérea Mexicana (FAM), Secretaría de Marina (SEMAR).

Ello, sin contar con la supervisión de todos los protocolos necesarios para poder despegar y aterrizar en un aeropuerto o aeródromo civil, como el plan de vuelo, identificación y documentación de tripulaciones, certificados de aeronavegabilidad, revisión de las autoridades militares y civiles.

Además, debe haber supervisión de la comandancia aeroportuaria y torre de control, y la participación de más autoridades, lo que expande la capacidad de monitoreo del espacio aéreo mexicano.

Ahora bien, dado que se trató de un vuelo internacional -hacía los Estados Unidos-, explicó, los protocolos, planes de vuelo, notificación a las autoridades son más estrictos y participan indiscutiblemente las autoridades americanas.

Por ello, el abogado se preguntó “¿por qué no fue posible detectar el vuelo de tres horas en el espacio aéreo mexicano de un Beechcraft King Air?”.

Precisó que la Ley, burocratizó aún más las ya de por sí complicadas operaciones aéreas civiles, sobre todo, porque duplica funciones con SENEAM.

Independientemente de que, por disposición de la Ley de Aviación Civil y su Reglamento, siempre se han emitido alertas cuando una aeronave sale de su plan de vuelo o no tiene, también se emiten por protocolo alertas de aeronaves en situación de emergencia, dijo.

Inclusive, añadió, ya existían casos de intercepción aérea de aeronaves sospechosas por parte de la FAM, antes de la promulgación de esta Ley.

Casas Lías dijo que siempre se ha monitoreado el espacio aéreo mexicano a través de radares con los que cuentan todas las instituciones relacionadas con la seguridad nacional.

Cabe precisar que, en todo aeropuerto o aeródromo civil hay destacamento militar, Guardia Nacional, pero, sobre todo, un “comandante” designado por la Agencia Federal de Aviación Civil (AFAC), comentó.

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https://a21.com.mx/aeronautica/2024/08/12/mas-dudas-que-certezas-en-la-falta-de-informacion-sobre-el-avion-de-el-mayo

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