• Casi dos años desde la propuesta de la Comisión, sin ningún avance en el Consejo
La comisión de Libertades Civiles respaldó el proyecto de informe que pedía avances para añadir el discurso de odio y los delitos de odio a la lista de delitos de la Unión Europea (UE).
El proyecto de informe, que fue aprobado con 35 votos a favor, cinco en contra y una abstención, busca garantizar la protección universal, con especial atención a las personas seleccionadas y a los grupos y comunidades vulnerables, subrayando que la libertad de expresión, por más crítica que sea para la democracia, no debe ser explotada como escudo para el discurso de odio y los crímenes de odio.
Con este fin, pide a la Comisión que considere un enfoque “abierto”, según el cual el discurso y los crímenes de odio se evaluarían en función de la dinámica social.
Además, la Comisión y los Estados miembros deberían actuar contra el uso indebido de Internet y las redes sociales, ya que la publicidad microdirigida en particular contribuye a difundir y amplificar el discurso de odio e incitar a la discriminación y la violencia.
Se debe prestar especial atención a los menores, incluidos los que pertenecen a grupos vulnerables, para que puedan recibir una protección especial contra incidentes como el acoso escolar y el ciberacoso.
El informe pide al Consejo que adopte la decisión con la activación de la “cláusula pasarela”, evitando el requisito de unanimidad.
Declaración de la ponente
La relatora Maite Pagazaurtundúa (Renew, España) comentó: “Nueve de cada diez ataques de odio en Europa no se denuncian, por lo que no son perseguidos y quedan impunes. Por tanto, son invisibles.
Los derechos de las víctimas no están suficientemente protegidos. Buscamos que los Estados miembros analicen objetivamente tales hechos, que son violaciones de derechos fundamentales”.
Próximos pasos
La resolución se votó por el pleno de la Cámara en la sesión plenaria de diciembre (del 11 al 14 de diciembre de 2023).
Contexto
Los llamados delitos de la UE son delitos de naturaleza especialmente grave con una dimensión transfronteriza, para los cuales el Parlamento Europeo (PE) y el Consejo pueden establecer normas mínimas relativas a las definiciones de delitos penales y sanciones en virtud del artículo 83, apartado 1, del Tratado de Funcionamiento, de la UE.
Han pasado tres años desde que la presidenta de la Comisión, von der Leyen, anunció por primera vez su intención de ampliar la lista de delitos de la UE a todas las formas de delitos de odio y discurso de odio en 2020.
Actualmente, las leyes penales de los Estados miembros abordan el discurso de odio y los delitos de odio de diferentes maneras, mientras que las normas a escala de la UE sólo existen cuando dichos delitos se cometen contra un grupo de personas o un miembro de dicho grupo definido por referencia a la raza, el color de la piel, la religión, la ascendencia o el origen nacional o étnico, lo que dificulta la implementación exitosa de un acuerdo común. estrategia para combatir eficazmente el odio.
En la foto: Maite Pagazaurtundúa, del Grupo Renovar Europa
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