Por ser año en que se renueva la Presidencia la Carta Magna otorga a partidos un 50% adicional del financiamiento ordinario para actividades tendientes a la obtención del voto
Será este viernes cuando el Instituto Nacional Electoral (INE) ponga a consideración de su Consejo General, el acuerdo por el que se establecen las cifras del financiamiento público de los partidos políticos nacionales y de gastos de campaña del conjunto de candidaturas independientes para el ejercicio 2018, para lo cual tiene contemplado solicitar al Congreso de la Unión un presupuesto de seis mil 788 millones de pesos.
Como lo establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, el Instituto Nacional Electoral (INE) prevé asignar a los partidos políticos y candidatos independientes 6 mil 788 millones de pesos para el próximo año.
La Constitución y la Ley establecen como una obligación de la autoridad electoral otorgar a los partidos políticos y candidatos independientes diversas prerrogativas, entre las que se encuentran el financiamiento ordinario, para campañas y actividades específicas en el caso de los partidos, y para la obtención del voto en el caso de las y los ciudadanos que opten por participar en las contiendas por la vía independiente.
Por ley, el financiamiento público para el sostenimiento de sus actividades ordinarias permanentes se fija anualmente, multiplicando el número total de ciudadanos inscritos en el Padrón Electoral (87,557,868 con corte al 31 de julio) por el 65 por ciento del valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (75.49 pesos). Es decir 49.07 pesos por persona inscrita en el Padrón, aproximadamente.
Por ser año en que se renueva la Presidencia, la Carta Magna otorga a los partidos un 50% adicional del financiamiento ordinario para actividades tendientes a la obtención del voto
Adicionalmente, durante el año en que se renuevan la Presidencia, el Senado y la Cámara de Diputados, como es el caso de 2018, se asigna financiamiento para las campañas políticas por el equivalente al 50 por ciento del financiamiento público que le corresponda a cada partido político por actividades ordinarias en ese mismo año; es decir 24.5 pesos por persona inscrita en el Padrón Electoral, lo que da un total de 2 mil 148 millones de pesos.
También el INE debe asignar a los partidos políticos para el financiamiento público por actividades específicas, relativas a la educación, capacitación, investigación socioeconómica y política, así como a las tareas editoriales y para el liderazgo político de las mujeres, el 3 por ciento del monto total del financiamiento público que corresponda en cada año por actividades ordinarias. Cerca de 129 millones de pesos.
El financiamiento público por concepto de franquicias postales en año electoral equivaldrá al 4 por ciento del importe total del financiamiento público para el sostenimiento de actividades ordinarias, 171.8 millones de pesos, más 693 mil pesos de franquicias telegráficas.
Tanto el financiamiento para actividades ordinarias como específicas se distribuirá en proporción de 70-30, como lo establece la legislación vigente. 30 por ciento se distribuirá entre los partidos políticos en forma igualitaria y el 70 por ciento restante de acuerdo con el porcentaje de votos que obtuvieron en la elección de diputados inmediata anterior.
Asimismo, la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales establece que los candidatos independientes tendrán derecho a recibir financiamiento público para sus gastos de campaña, quienes en su conjunto, serán considerados como un partido político de nuevo registro, razón por la cual el INE establecerá como monto para el financiamiento de sus campañas 42 millones 963 mil 332 pesos.
Dicha cantidad será distribuida de la siguiente manera: 33.3% se distribuirá de manera igualitaria entre todos los candidatos independientes al cargo de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos; 33.3% se distribuirá de manera igualitaria entre todas las fórmulas de candidatos independientes al cargo de Senador, y 33.3% que se distribuirá de manera igualitaria entre todas las fórmulas de candidatos independientes al cargo de Diputado. Como lo señala la legislación, en el supuesto de que un sólo candidato obtenga su registro para cualquiera de los cargos antes mencionados, no podrá recibir financiamiento que exceda del 50% de los montos referidos en los incisos anteriores.