Esta mujer creyó haber encontrado el amor y le rompieron el corazón, el cuerpo y todo
Derivado de un trabajo de campo y gabinete, basado en el análisis de llamadas telefónicas y georreferenciales, por parte de la Policía de Investigación (PDI), la Procuraduría General de Justicia capitalina capturó a un hombre de 31 años de edad, quien secuestró a una mujer y la mantuvo cautiva en una casa de seguridad, ubicada en el Estado de México. Después de cobrar el rescate la desmembró y depositó las partes en bolsas de plástico que distribuyó en tres municipios.
La detención fue resultado del cumplimiento de un mandamiento ministerial, emitido contra el indiciado, a quien se localizó a partir de la plataforma tecnológica de la Fiscalía Especial de Investigación para la Atención del Delito de Secuestro, denominada FAS, misma que permitió conocer que éste fue la última persona que estuvo con la agraviada; que obtuvo el dinero, aún después de asesinarla, y el lugar donde le quitó la vida.
De acuerdo con la carpeta de investigación, la víctima salió el 06 de octubre de su domicilio para reunirse con el indiciado, con quien sostenía una relación sentimental, luego de conocerlo a través de las redes sociales; ambos irían a acampar el fin de semana a Villa del Carbón, pero el hombre la trasladó a una casa de seguridad en el Estado de México, donde la mantuvo secuestrada mientras, vía mensajes de texto, le exigió una suma en efectivo a la familia de ésta.
Tras realizar las negociaciones, el imputado acudió a un cajero automático, donde efectuó un retiro de una cuenta ligada a su número de teléfono móvil. Derivado de las investigaciones, se pudieron obtener imágenes de la sucursal en la que entró para dicha operación financiera, y así apreciar sus características físicas.
Como parte de las investigaciones iniciadas por la desaparición de la mujer, agentes de la PDI realizaron una búsqueda en los estados circundantes a la Ciudad de México, e identificaron que en el Estado de México había registro de tres hallazgos de segmentos corporales, que fueron abandonados en bolsas de plástico, color negro, cerradas con cinta canela, en los municipios de Ecatepec, Tlalnepantla de Baz y Nezahualcóyotl.
Las características de los miembros coincidían con las de la agraviada, por lo que se dio intervención a la Coordinación de Servicios Periciales, quienes a través de un proceso técnico científico, determinaron que las partes correspondían a la misma persona, y a través de pruebas de ADN se confirmó que era la ofendida.
Como parte de las diligencias, se analizaron las imágenes de las cámaras de videovigilancia del Sistema de Transporte Colectivo Metro, donde se observan juntos el victimario y la secuestrada; asimismo, el rastreo telefónico permitió conocer que el imputado era portador del equipo móvil desde el cual se mandaron mensajes de texto solicitando dinero.
El pasado 25 de noviembre, al momento de su detención, el implicado se encontraba con una mujer, que conoció en redes sociales, y con quien presuntamente sostenía una relación sentimental; a ella también le propuso ir de campamento un fin de semana a Villa del Carbón.
Al imputado, le fueron aseguradas prendas de vestir, una de ellas con la que fue captado al momento de retirar el efectivo, bolsas de plástico, color negro, cinta canela, masking tape, tarjetas bancarias, fotografías de diversas mujeres, dos equipos de telefonía celular y una máscara de calavera.
El agente del Ministerio Público, adscrito a la FAS, puso al hombre a disposición de un Juez de Control, quien calificó de legal su detención, por el delito de secuestro agravado, por lo que fue ingresado al Reclusorio Preventivo Oriente.
Cabe destacar que conforme a lo establecido en la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, por la comisión de dicho ilícito podría ser acreedor a pena privativa de libertad de 80 a 140 años.
El indiciado cuenta con antecedentes penales en 2012 por el delito de robo calificado, por el que estuvo en el Reclusorio Preventivo Oriente, con otro nombre.
La presente información se emite en términos del Artículo 11 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal.