Policiaca

Juan “N” y Martín “N” vinculados a proceso acusados de asociación delictuosa

Se estableció que uno de los hombres posiblemente fungía como enlace con servidores públicos para brindar información a un grupo delictivo, a fin de proteger a sus integrantes.

Los datos de prueba expuestos por el agente del Ministerio Público de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México (FGJCDMX) permitieron que un juez de control dictara auto de vinculación a proceso contra Juan “N” y Martín “N”, uno de ellos servidor público, por su probable participación en los delitos de asociación delictuosa, informó la institución.

Durante la continuación de la audiencia de cumplimiento de orden de aprehensión, el representante social de la Fiscalía de Investigación de Asuntos Relevantes, de la Coordinación de General de Investigación de Delitos de Alto Impacto, reiteró la imputación por la probable participación de ambos en el delito referido; a uno de ellos, además, lo imputó por ejercicio ilegal del servicio público, añadió.

El impartidor de justicia dictó como medida cautelar la prisión preventiva justificada y les fijó, como plazo para el cierre de las investigaciones complementarias, cuatro meses.

Como antecedente del caso se estableció que uno de los hombres posiblemente fungía como enlace con servidores públicos para brindar información a un grupo delictivo, a fin de proteger a sus integrantes.

Respecto al otro individuo, quien se desempeñaba como elemento de la Policía de Investigación (PDI), posiblemente facilitaba información al primero. 

Cabe recordar que en el segundo caso, el Consejo de Honor y Justicia de la PDI determinó suspenderlo y separarlo del cargo y sus funciones, al encontrarse posiblemente relacionado con la comisión de un delito doloso. 

Fue debidamente notificado de la suspensión referida en el interior del Reclusorio Preventivo Varonil Oriente, así como del procedimiento para separarlo del cargo de agente de la Policía de Investigación.

A las personas mencionadas se les presume inocentes y serán tratadas como tales en todas las etapas del procedimiento, mientras no se declare su responsabilidad mediante sentencia emitida por el Órgano jurisdiccional, en los términos señalados en el Código Nacional de Procedimientos Penales.

Fotos y video: FGJCDMX

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