Metropoli

Incrementar pena por ciberacoso cuando la víctima sea menor de 18 años, propone diputado Fausto Zamorano

El legislador del PRI presentó una Iniciativa de reforma al Código Penal del Distrito Federal, con el objetivo de tener mejores herramientas para combatir violencia digital.

Reformas al Código Penal capitalino para incrementar la pena por ciberacoso en los casos en que la víctima sea menor de 18 años, con el objetivo de tener mejores herramientas para combatir la violencia digital que en los últimos años ha ido en aumento, propone el diputado del PRI Fausto Zamorano Esparza.

El legislador presentó la Iniciativa correspondiente al Pleno del Congreso de la Ciudad de México, en la cual advierte que las herramientas digitales permiten a usuarios adultos mantenerse en el anonimato para hostigar, acosar y abusar de un menor, reduciendo el riesgo de ser identificados.

Mencionó que la violencia en internet sucede en situaciones en las que personas adultas se dirigen a niñas, niños y adolescentes, con fines sexuales, en redes sociales, videojuegos, o plataformas de mensajería, aprovechándose de su vulnerabilidad, y afectando su salud mental, desarrollo e integridad, por lo que es urgente y necesario implementar acciones que contribuyan a proteger a este sector de la población en el entorno digital.

Apuntó que con la llegada de la pandemia por Covid-19, las niñas, niños y adolescentes han pasado más tiempo en internet. De acuerdo con el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), en México, el 50% de las niñas y niños entre los 6 y 11 años, y, entre el 80 y 94% de adolescentes de entre 12 y 17 años, son usuarios de internet; a su vez, el 25% de las y los adolescentes de dicho rango de edad ha vivido alguna forma de ciberacoso.

El diputado Zamorano Esparza señaló que las autoridades reportan un incremento considerable de crímenes y violencia digital, así como del tráfico de pornografía infantil, delitos en los que las mujeres son las más afectadas.

Recordó que el Código Penal capitalino establece en la llamada Ley Olimpia, una pena de cuatro a seis años de cárcel y de 500 a mil unidades de medida y actualización, a quien exponga, distribuya, difunda, exhiba, reproduzca, transmita, comercialice, oferte, intercambie y comparta imágenes, audios o videos de contenido sexual íntimo de una persona, a sabiendas de que no existe consentimiento, mediante materiales impresos, correo electrónico, mensajes telefónicos, redes sociales o cualquier medio tecnológico.

En la iniciativa, el legislador del Partido Revolucionario Institucional propone que la pena se agrave en una mitad cuando la víctima sea una persona menor de dieciocho años.

Para su estudio y posterior dictaminación, la Iniciativa fue turnada a las Comisiones Unidas de Administración y Procuración de Justicia y a la de Atención al Desarrollo de la Niñez.

En la foto: Diputado Fausto Zamorano Esparza.

Foto: Cortesía

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