
WASHINGTON. — Este lunes, la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) del Departamento del Tesoro de Estados Unidos sancionó a Los Chapitos, una poderosa facción del Cártel de Sinaloa, con sede en México, que facilita el tráfico y la producción ilícita de fentanilo. Los laboratorios controlados por Los Chapitos son responsables de introducir fentanilo en pastillas falsificadas fabricadas por el Cártel de Sinaloa y traficadas a Estados Unidos. Hombres armados vinculados al Cártel de Sinaloa también estuvieron involucrados en el asesinato del exmarine estadounidense Nicholas Quets, ocurrido el 18 de octubre de 2024 en Sonora, México.
Además, la OFAC designa a dos líderes fugitivos de Los Chapitos, Archivaldo Iván Guzmán Salazar y Jesús Alfredo Guzmán Salazar, hijos del líder encarcelado del Cártel de Sinaloa, Joaquín “El Chapo” Guzmán Loera. A través de su Programa de Recompensas por Narcóticos, el Departamento de Estado de EE. UU. ofrece una recompensa de hasta 10 millones de dólares por cada uno de ellos por información que conduzca al arresto o la condena de Archivaldo Iván Guzmán Salazar y Jesús Alfredo Guzmán Salazar.
“Los Chapitos son una facción poderosa e hiperviolenta del Cártel de Sinaloa, líder del tráfico de fentanilo a Estados Unidos”, declaró el secretario del Tesoro, Scott Bessent. “En el Departamento del Tesoro, estamos cumpliendo el mandato del presidente Trump de eliminar por completo los cárteles de la droga y combatir a líderes violentos como los hijos de El Chapo. El Tesoro está utilizando al máximo todas las herramientas disponibles para frenar la crisis del fentanilo y ayudar a salvar vidas”.
La OFAC también sancionó a una red regional de socios y empresas de Los Chapitos con sede en Mazatlán, Sinaloa, México, dedicada al narcotráfico, la extorsión, el secuestro y el lavado de dinero. La acción de hoy se coordinó con la Administración para el Control de Drogas de Estados Unidos (DEA).
La acción de hoy se basa en la Orden Ejecutiva (O.E.) 14059, que combate la proliferación de drogas ilícitas y sus medios de producción, y en la O.E. 13224, en su versión modificada, que combate a terroristas y sus simpatizantes. Esta es la novena acción de la OFAC contra los cárteles, el narcotráfico internacional y el tráfico de personas a través de la frontera sur desde el inicio de la Administración.
CÁRTEL DE SINALOA
El Cártel de Sinaloa es uno de los cárteles más antiguos y poderosos de México y representa una gran amenaza para Estados Unidos. El 15 de abril de 2009, Estados Unidos lo identificó como un importante narcotraficante extranjero, de conformidad con la Ley de Designación de Cabecillas Extranjeros del Narcotráfico (Ley Kingpin). El 15 de diciembre de 2021, la OFAC también lo designó de conformidad con la Orden Ejecutiva 14059. El Cártel de Sinaloa ha traficado fentanilo, metanfetamina, cocaína y otras drogas ilícitas a Estados Unidos y ha participado en actos de violencia generalizada. El 20 de febrero de 2025, el Departamento de Estado de Estados Unidos lo designó como Organización Terrorista Extranjera (OTF) y Terrorista Global Especialmente Designado (GTED).
INUNDACIÓN DE FENTANILO: LOS CHAPITOS
Conocidos colectivamente como Los Chapitos, los cuatro hijos de El Chapo —Archivaldo Iván Guzmán Salazar (Iván), Jesús Alfredo Guzmán Salazar (Alfredo), Ovidio Guzmán López (Ovidio) y Joaquín Guzmán López (Joaquín)— han consolidado su control y asumido el liderazgo del Cártel de Sinaloa a través de su facción autodenominada Los Chapitos. Aunque Ovidio y Joaquín se encuentran ahora bajo custodia estadounidense, Iván y Alfredo permanecen prófugos en México. El dominio de Los Chapitos sobre el tráfico de fentanilo se debe en gran medida a su capacidad para obtener precursores químicos, a la vez que controlan la producción a través de sus laboratorios secretos en Sinaloa. Desde septiembre de 2024, las disputas territoriales entre Los Chapitos y sus rivales han asolado el estado mexicano de Sinaloa, causando la muerte de más de 600 personas.
Los Chapitos están siendo sancionados de conformidad con la Orden Ejecutiva 14059 y de conformidad con la Orden Ejecutiva 13224, según sus modificaciones, por ser propiedad de, estar controlados o dirigidos por, o haber actuado o pretendido actuar para o en nombre de, directa o indirectamente, el Cártel de Sinaloa.

De izquierda a derecha: Archivaldo Ivan Guzman Salazar; Jesus Alfredo Guzman Salazar; Joaquin Guzman Lopez; Ovidio Guzman Lopez.
El liderazgo de Iván en Los Chapitos ha desatado una alarmante ola de violencia en México y Estados Unidos contra civiles, fuerzas del orden y miembros de cárteles rivales. Alfredo, lugarteniente de su hermano Iván, ha participado en la tortura de rivales para obtener información sobre una posible infiltración en el territorio controlado por Los Chapitos. Iván y Alfredo fueron designados previamente el 8 de mayo de 2012 y el 7 de junio de 2012, de conformidad con la Ley Kingpin, y nuevamente en 2021, de conformidad con la Orden Ejecutiva 14059.
Archivaldo Iván Guzmán Salazar y Jesús Alfredo Guzmán Salazar están siendo designados de conformidad con la Orden Ejecutiva 13224, y sus enmiendas, por ser propiedad, estar controlados o dirigidos por, o haber actuado o pretendido actuar para o en nombre del Cártel de Sinaloa, directa o indirectamente.
ASESINATO Y DINERO EN MAZATLÁN
La acción de hoy también tuvo como objetivo una importante célula de Los Chapitos en Mazatlán, Sinaloa, México. Esta célula está liderada por Víctor Manuel Barraza Pablos (Barraza), jefe de plaza de Los Chapitos, quien gestiona las actividades violentas y criminales del grupo en la región, incluyendo narcotráfico, asesinatos, secuestros, extorsión y producción de fentanilo. Muchas de las actividades nefastas de Barraza son financiadas por el empresario mexicano José Raúl Núñez Ríos (Núñez). Núñez, estrecho colaborador de Iván y Barraza, parece haberse enriquecido en poco tiempo. A partir de aproximadamente 2021, Núñez compró propiedades y estableció empresas de desarrollo inmobiliario, construcción y hotelería en Mazatlán y en todo el estado de Sinaloa, en lo que parece ser un intento de blanquear las ganancias ilícitas del narcotráfico para varios líderes de alto rango del Cártel de Sinaloa. Núñez finalmente se puso del lado de Los Chapitos y actualmente está financiando la guerra de Barraza contra los rivales del grupo en Mazatlán.
Víctor Manuel Barraza Pablos y José Raúl Núñez Ríos están siendo designados de conformidad con la Orden Ejecutiva 14059 y la Orden Ejecutiva 13224, según sus modificaciones, por ser propiedad, estar controlados o dirigidos por, o haber actuado o pretendido actuar para o en nombre del Cártel de Sinaloa, directa o indirectamente.
La esposa de Núñez, Sheila Paola Urías Vázquez (Urías), es una maquilladora residente en Mazatlán que también está involucrada en la red criminal de su esposo como propietaria nominal de varias entidades, incluyendo un spa, un salón de belleza, bienes raíces y negocios de hostelería. Núñez ha utilizado y continúa utilizando a Urías como testaferro para operar empresas en su nombre.
Sheila Paola Urias Vázquez está siendo designada de conformidad con la Orden Ejecutiva 14059 y la Orden Ejecutiva 13224, con sus modificaciones, por ser propiedad de, estar bajo el control o estar dirigida por, o haber actuado o pretendido actuar en nombre o representación de, directa o indirectamente, Núñez.
Además de designar a las personas clave de la red financiera de Los Chapitos en Mazatlán, la OFAC sanciona a diez empresas propiedad de o controladas por Núñez: Beach Y Marina, S.A. de C.V.; Club Playa Real, S.A. de C.V.; Proyecta Interna, S.A. de C.V.; Eco Campestres Ultra, S.A.P.I. de C.V.; IMB 24 Siete, S.A. de C.V.; MKT 24 Siete, S.A. de C.V.; Mue Renta Y Venta de Vestidos; Carpe Diem Spa; Sea Wa Beach Club, S.A. de C.V.; y Comercializadora Copado, S.A. de C.V. están siendo designadas de conformidad con la O.E. 14059, y de conformidad con la O.E. 13224, según enmendada, por ser propiedad de, estar controladas o dirigidas por, o haber actuado o pretendido actuar para o en nombre de, directa o indirectamente, Núñez.
IMPLICACIONES DE LAS SANCIONES
Como resultado de la medida de este lunes, todos los bienes e intereses en bienes de las personas designadas o bloqueadas descritas anteriormente, que se encuentren en Estados Unidos o en posesión o control de ciudadanos estadounidenses, quedan bloqueados y deben reportarse a la OFAC. Además, cualquier entidad que sea propiedad, directa o indirectamente, individual o colectivamente, en un 50 % o más, de una o más personas bloqueadas también queda bloqueada. Salvo autorización general o específica emitida por la OFAC, o exención, las regulaciones de la OFAC generalmente prohíben todas las transacciones realizadas por ciudadanos estadounidenses o dentro (o en tránsito) de Estados Unidos que involucren bienes o intereses en bienes de personas bloqueadas.
El incumplimiento de las sanciones estadounidenses puede resultar en la imposición de sanciones civiles o penales a personas estadounidenses y extranjeras. La OFAC puede imponer sanciones civiles por incumplimiento de las sanciones basándose en la responsabilidad objetiva. Las Directrices de la OFAC para la Aplicación de Sanciones Económicas ofrecen más información sobre la aplicación de las sanciones económicas estadounidenses por parte de la OFAC. Además, las instituciones financieras y otras personas pueden estar expuestas a sanciones por participar en ciertas transacciones o actividades que involucren a personas designadas o bloqueadas. Las prohibiciones incluyen la realización de cualquier contribución o provisión de fondos, bienes o servicios por, a, o en beneficio de cualquier persona designada o bloqueada, o la recepción de cualquier contribución o provisión de fondos, bienes o servicios de dicha persona.
Además, la realización de ciertas transacciones con las personas designadas hoy podría conllevar la imposición de sanciones secundarias a las instituciones financieras extranjeras participantes. La OFAC puede prohibir o imponer condiciones estrictas para la apertura o el mantenimiento, en Estados Unidos, de una cuenta corresponsal o una cuenta de transferencia de fondos de una institución financiera extranjera que, a sabiendas, realice o facilite cualquier transacción significativa en nombre de una persona designada conforme a la autoridad pertinente.
La eficacia e integridad de las sanciones de la OFAC se derivan no solo de su capacidad para designar y añadir personas a la Lista de Nacionales Especialmente Designados y Personas Bloqueadas (Lista SDN), sino también de su disposición a eliminar a personas de dicha Lista conforme a la ley. El objetivo final de las sanciones no es castigar, sino generar un cambio positivo en el comportamiento. Para obtener información sobre el proceso para solicitar la eliminación de una lista de la OFAC, incluida la Lista SDN, o para presentar una solicitud, consulte la guía de la OFAC sobre la Presentación de una Petición de Eliminación de una Lista de la OFAC.
Fotos: Departamento de Estado de EE. UU.