Finanzas

Definir los “supuestos” que justifiquen el bloqueo de cuentas bancarias, exige Coparmex

*Urge que los legisladores y autoridades de México hagan esto

*Luego de que la SCJN avaló esa interferencia sin orden judicial

JUAN GARCÍAHEREDIA

Para evitar daños a los mexicanos, el sector patronal exigió que legisladores y autoridades regulatorias definan claramente los supuestos (o hipótesis) que justifiquen el bloqueo de cuentas bancarias sin una orden judicial, ordenado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) el 6 de abril de 2026.

Así pues, la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex) subrayó que la determinación realizada por el Pleno de la SCJN el pasado 6 de abril, “abandona el criterio fijado por su antecesora, avalando así el bloqueo de cuentas bancarias por parte de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) sin una orden judicial previa”.

“Con esta decisión, se establece un precedente delicado para el ‘Estado de derechos’, al permitir afectaciones directas al patrimonio de personas y empresas sin reglas plenamente definidas”, recalca la agrupación presidida por el empresario Juan José Sierra Álvarez.

Detalla que, por una mayoría de seis votos contra tres, se determinó (en la SCJN) que el bloqueo de cuentas procede cuando la UIF cuente con “indicios suficientes” de posible vinculación con operaciones ilícitas o financiamiento al terrorismo.

“El esquema validado también tensiona el principio de presunción de inocencia, reconocido en el artículo 20, apartado B, fracción I, de la Constitución, al permitir el bloqueo de cuentas con base en indicios sin una resolución judicial previa”, puntualiza la Coparmex.

De acuerdo con el sindicato patronal, esa resolución de la Suprema Corte no agota el debate, más bien abre una responsabilidad directa para que el Poder Legislativo y las autoridades regulatorias llenen los vacíos que la norma vigente deja sin resolver, a saber: el estándar mínimo de indicios que justifica un bloqueo, los plazos máximos de duración de la medida cautelar y los mecanismos de control que impidan su uso discrecional.

En ese sentido, la Coparmex exhortó al Poder Legislativo y a las autoridades regulatorias a colmar los vacíos que la norma vigente deja sin resolver, para lo cual propone lo siguiente:

“Definir con claridad los supuestos que justifican un bloqueo, mediante criterios objetivos y verificables; establecer un control judicial previo que valide la legalidad de la medida en un plazo máximo de seis horas; de no existir autorización en ese término, el bloqueo no podrá surtir efectos o deberá levantarse de inmediato. Asimismo, fijar un plazo razonable, no mayor a 15 días, para que la autoridad sustente la medida con elementos suficientes dentro de la investigación correspondiente.

También plantea garantizar la notificación inmediata al titular (de la cuenta bancaria bloqueada), con fundamentos claros que permitan ejercer su defensa y crear un régimen de responsabilidad cuando existan afectaciones derivadas de actuaciones infundadas. Igualmente, el organismo empresarial pide la incorporación de criterios de transparencia.

Fotos: Cortesía

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