El 18 de junio de 2026, el Segundo Tribunal Colegiado en la Ciudad de México, desechó el amparo promovido por Karla de la Cuesta y la editorial Penguin Random House en conjunto, por las medidas cautelares que promovieron relacionadas con un libro.
En la sentencia se resolvió que no hubo censura previa contra el libro, sino consecuencias ulteriores por el contenido del mismo.

En la misma sentencia se confirmó la validez de la multa impuesta a Penguin Random House, por no haber cumplido con la medida cautelar, y en consecuencia deberá pagar más de medio millón de pesos.
Esto constituye un golpe al discurso de Karla, al evidenciar que nunca se le censuró y que las acciones ulteriores son válidas.
De acuerdo con la resolución, el tribunal concluyó que no existió “censura previa”, sino que las medidas corresponden a consecuencias legales derivadas del contenido de la publicación.

Además, se ratificó una multa superior a los 500 mil pesos para la editorial por el presunto incumplimiento de dichas medidas cautelares.
La resolución representa un nuevo capítulo en el proceso legal y sienta un precedente sobre las responsabilidades legales en el ámbito editorial en México.

Fotos: cortesía

