- El Grupo Parlamentario del PAN (GPPAN) planteó incluir entre los supuestos de encubrimiento la acción de alterar, destruir u ocultar datos biométricos o cualquier otro dato identificativo para obstruir o dificultar las investigaciones de un delito, pero con agravantes que alcanzan hasta 12 años de prisión cuando se trate de la desaparición de personas
- La iniciativa, presentada por la diputada Joanna Alejandra Felipe, también busca ampliar los derechos de víctimas y ofendidos para que conozcan la verdad y reciban información referente a datos biométricos o cualquier otro dato identificativo sobre hechos relacionados con personas desaparecidas, ausentes, no localizadas o extraviadas
TOLUCA, EdoMéx.- Incluir entre los supuestos del delito de encubrimiento la acción de alterar, destruir u ocultar datos biométricos o cualquier otro dato identificativo de personas, con el objeto de obstruir o dificultar las investigaciones de un delito, con penas de hasta 12 años de prisión cuando se trate de desaparición forzada de personas y de desaparición cometida por particulares, propuso el Grupo Parlamentario del PAN (GPPAN).
La iniciativa, presentada por la diputada Joanna Alejandra Felipe Torres y Pablo Fernández de Cevallos González, integrante y coordinador de la bancada, respectivamente, plantea establecer en el Código Penal estatal una pena de tres años de prisión y de 30 a 150 días multa por la mencionada conducta, independientemente del delito; pero cuando se trate de desaparición de personas se impondrían de cuatro a ocho años de prisión y de 100 a 300 días multa.
El proyecto contempla mantener el agravante vigente que aumenta la pena hasta en una mitad (para sumar 12 años con los nuevos supuestos) si el delito fuera cometido por personas servidoras públicas de las instituciones de seguridad pública o de administración de justicia, además de la destitución e inhabilitación por un plazo igual a la pena privativa de libertad.
Por otro lado, el documento también pretende reformar la Ley de Víctimas estatal, a efecto de ampliar los derechos de familiares o personas que tengan relación inmediata con la víctima para que conozcan la verdad y reciban información específica de los hechos relacionados con personas desaparecidas, ausentes, no localizadas o extraviadas, referente a datos biométricos o cualquier otro dato identificativo que tengan a su cargo las autoridades o particulares.
También se sumaría al derecho a que las autoridades inicien, de inmediato y tan pronto como se haga de su conocimiento, todas las diligencias a su alcance para determinar el paradero de las personas desaparecidas, y, en su caso, su oportuno rescate, la garantía de que desplieguen las acciones pertinentes para su protección, con el objetivo de preservar, al máximo posible, su vida y su integridad física y psicológica.
Además de los derechos a participar activamente en la búsqueda de la verdad de los hechos y en el acceso a la justicia que contempla la legislación vigente, se propone añadir el de expresar libremente sus opiniones y preocupaciones cuando sus intereses sean afectados, conforme a los mecanismos legales aplicables, además de que deberán decidir libremente su participación y tener la información suficiente sobre sus implicaciones.
En tribuna, la legisladora Joanna Felipe, quien subrayó que la iniciativa busca que la justicia deje de ser un laberinto, aclaró que se trata de una problemática que compromete al Legislativo en la creación de marcos jurídicos sólidos, al Ejecutivo en su implementación operativa, al Judicial en la garantía de la legalidad y también a la sociedad civil organizada, por lo que fragmentar los esfuerzos solamente garantiza la ineficacia.
Lamentó que se sigan cometiendo crímenes de lesa humanidad con el hallazgo de miles de fosas y restos que aún esperan recuperar su nombre y que la desesperación ha obligado a familiares a convertirse en peritos y realizar tareas de investigación y búsqueda, poniéndose en riesgo porque el Estado no ha sido eficiente.
El documento refiere que, de acuerdo con la Comisión Nacional de Búsqueda, en el Estado de México existen 14 mil 716 personas desaparecidas y no localizadas (al corte del 19 de enero de 2026), cifra que representa el 11 por ciento a nivel nacional y coloca a la entidad en el primer sitio. En 2025, precisa, el Estado de México registró mil 766 casos de personas desaparecidas y no localizadas; de ellas, mil 126 son hombres y 639 mujeres, mientras que 204 son menores de nueve años, lo que representa el 11.5 por ciento.
Menciona a los municipios de Ecatepec (219 casos), Nezahualcóyotl (103), Toluca (122), Chimalhuacán (95), Naucalpan (63) y Cuautitlán Izcalli (62) como focos rojos, toda vez que, en su conjunto, representan el 38 por ciento del total.
El proyecto recuerda que en enero pasado el Congreso mexiquense aprobó reformas a las leyes en materia de Desaparición Forzada de Personas y Desaparición Cometida por Particulares, Orgánica de la Administración Pública y de Seguridad, así como al Código Civil, todos del ámbito estatal, con el objeto de localizar de manera más rápida y eficiente a las personas desaparecidas.
Sin embargo, explica que no se prevé una sanción específica para quien, sin haber participado en el hecho delictuoso, altere, destruya u oculte datos biométricos o cualquier otro dato identificativo de personas, con lo cual se pudiera estar configurando un delito contra la administración de justicia, como lo es el encubrimiento, lo cual motivó su iniciativa.
En la foto: diputada Joanna Alejandra Felipe Torres
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