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Derechos Humanos

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Por Martín de J. Takagui

En las próximas horas, la defensa del influencer conocido como “El Wero Bisnero”, podría solicitar la intervención de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México, pues su proceso se encuentra “atorado” y ni el juez de la causa ni el Fiscal han cumplido con sus obligaciones procesales, en un proceso plagado de inconsistencias que son suficientes para el sobreseimiento del caso.

Acusado de feminicidio, cuando se trata del homicidio de una mujer, Rodolfo Sandoval Bracho, de 37 años de edad, quien se desempeña, entre otras cosas como influencer, y se ha hecho famoso como el Wero Bisnero, que tiene más de 48 mil seguidores en todo el país, pero hoy se encuentra recluido en el penal de Barrientos, en Tlalnepantla, Estado de México.

De acuerdo con las evidencias no se ha recategorizado la causa penal y se mantiene como un delito de feminicidio, lo que es un homicidio, por la forma en que fue asesinada Renata Palmer Mejía, en un conjunto de condominios en el municipio de Atizapán de Zaragoza, Estado de México.

El personal del despacho Pérez Velázquez & Almada Abogados firma que encabeza el proceso de defensa de El Wero Bisnero, han denunciado que al menos tienen 35 inconsistencias documentadas, 22 de ellas graves, y por ello, desde el inicio del proceso, incluso desde antes del auto de vinculación a proceso debió haberse desestimado el asunto.

Y es que las irregularidades iniciaron desde que se dieron los hechos, ya que los policías que hicieron la detención, aseguraron que el presunto responsable había sido asegurado y detenido en flagrancia, pero la detención se dio casi una hora después de ocurridos los hechos y el acusado se encontraba en su departamento que está ocho pisos abajo del lugar de los hechos.

El abogado Rodolfo Pérez Velázquez dijo que por el momento el juicio se encuentra detenido, debido a que existen innumerables inconsistencias en el proceso y frente a cada una de ellas, la defensa ha interpuesto los amparos correspondientes.

Por ello, la defensa del imputado hace un llamado al Magistrado presidente del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México Héctor Macedo García que se analice la posible negligencia del juez de la causa, porque no se ha exigido al fiscal que cumpla con sus obligaciones de mostrar evidencias, pruebas y lejos de ello, oculta información a los defensores, lo que les impide armar con eficacia los alegatos de defensa.

Informó que ya trabaja en la integración de todo un expediente que contiene las horas, momentos y circunstancias en que se han cometido las irregularidades e inconsistencias a lo largo del proceso, con el fin de presentarlo ante la Comisión Estatal de Derechos Humanos, pidiendo al presidente de la misma, Víctor Leopoldo Delgado Pérez, intervenga, pues se trata de un asunto de la mayor gravedad.

Hizo un llamado a la autoridad judicial del Estado de México, a fin de que intervenga la Contraloría Interna, a fin de que se analicen y, en su caso se apliquen las sanciones correspondientes, ya que, en un proceso normal, sin manipulaciones, el inculpado debía haberse puesto en libertad.

También llamó al Fiscal General de Justicia del Estado de México, José Luis Cervantes Martínez, para que revise el trabajo del Agente del Ministerio Público en el Penal de Barrientos, Horacio Monroy, quien se ha negado a presentar evidencias, como el caso de la ropa que supuestamente encontraron al inculpado.

Otras de las inconsistencias del fiscal de la causa es el hecho de que no ha encontrado una explicación de la razón por la que las cámaras de seguridad del edificio, especialmente las del octavo piso, que es donde se perpetró el homicidio, no están y se observa que fueron arrancadas pocos minutos después de los hechos que se indagan, como tampoco se encontraron las cámaras al interior del departamento donde se cometió el delito.

Frente a todas esas irregularidades el abogado defensor exige la liberación de su cliente y de ser necesario, la intervención de la gobernadora del Estado de México, Delfina Gómez, para que pida la revisión del caso en un acto de cooperación entre dos poderes estatales.

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